01/06/2022 – VALENCIA. Escrito por Enrique Calatayud Bonilla.

Esta semana en Likum Abogados & Economistas hemos conocido la existencia de una sentencia dictada en un procedimiento que no tiene nada que ver con nuestro cliente, pero que le permitirá cobrar una deuda que parecía imposible.

Los antecedentes se remontan varios años atrás, cuando conseguimos que se condenara a una promotora a pagar honorarios profesionales devengados y no cobrados por nuestro cliente. La deudora no cumplió con su obligación, por lo que presentamos demanda de ejecución de sentencia y solicitamos al Juzgado que se nos informara de todo el patrimonio de la deudora.

El resultado fue el desolador: decenas de inmuebles a su nombre, pero todos con hipotecas y embargos, decenas de cuentas corrientes con saldo cero o negativo, y nada más. Otros muchos acreedores habían llegado antes, y era de imaginar que ni nuestro cliente ni los que vinieran después conseguirían cobrar sus créditos.

Sin embargo, tuvimos la inmensa suerte de conocer de primera mano que la promotora deudora de nuestro cliente a su vez tenía presentada una demanda contra una Entidad de Derecho Público, reclamándole una importante suma de dinero. Entendimos que el hipotético derecho de crédito de la promotora con la Entidad de Derecho Público, es un derecho perfectamente embargable, que no se trataba de una mera expectativa.

De modo que inmediatamente solicitamos la “mejora de embargo”, es decir, que el Juzgado embargase también ese derecho de crédito, explicándole que nuestro cliente jamás lograría cobrar de los bienes localizados por el mismo. Así fue: el Juzgado accedió y en poco tiempo habíamos embargado ese crédito, que ningún acreedor conocía ni, por tanto, había podido trabar.

Hemos tenido la fortuna de que la promotora ganara ese procedimiento en primera instancia, solo parcialmente, pero por suficiente importe como para cubrir casi toda la deuda que veníamos reclamando. Ahora únicamente quedará conocer si alguna de las dos partes recurre la sentencia, y de no ser así, nuestro cliente podrá ejecutar su embargo y cobrar con preferencia a los demás acreedores.

Likum, Abogados & Economistas, con sedes en Valencia, Denia y Madrid, es una firma especializada en el apoyo legal a particulares y sociedades de todas las nacionalidades con intereses en España, esencialmente en materias de Inversión extranjera y Derecho Privado.