FUNDACIÓN PARA LA DEFENSA DEL MEDIOAMBIENTE– También es posible constituir una fundación en testamento
Esta semana en Likum Abogados & Economistas, hemos atendido a un cliente de Andalucía preocupado por la defensa del medioambiente, propietario de grandes extensiones de terreno, que adquiere y mantiene con el solo objetivo de que no se construya en ellas. Y más preocupado aún, sobre cómo darle continuidad a este proyecto, tras su fallecimiento.
Sucedió que un conocido suyo alicantino compartía su mismo objetivo: adquirir terrenos y preservarlos, dejarlos sin edificar. Falleció intestado, sin hijos, y con un número considerable de sobrinos. Al no haber otorgado testamento, todos ellos heredaron por partes iguales, y cada uno dispuso de su haber hereditario como mejor consideró.
Cuando este cliente solicitó asesoramiento, siempre encontró el mismo obstáculo: podía constituir ya una sociedad, una asociación, fundación o acudir a cualquier otra fórmula jurídica. Sin duda, la fundación es la opción más apropiada: destinada precisamente a conservar esas propiedades sin construir, y quién sabe, quizás añadir un plus como podría ser la recuperación de especies autóctonas.
Pero su intención no era apartarse ya, sino seguir siendo propietario de los terrenos como persona física hasta su fallecimiento, y que su legado continuara después.
Lo que el cliente ignoraba, es que también podía constituir esa misma fundación tras su fallecimiento.
Específicamente, mediante testamento, en el que el testador manifieste su voluntad de constituirla, e indique al menos cuál será su destino y el patrimonio fundacional. También es recomendable que designe a los patronos que hayan de regirla, y que detalle cuanto más sus reglas de funcionamiento, aunque no es imprescindible.
Llegado el fallecimiento del testador, la fundación existirá desde el mismo momento de abrirse el testamento, debiendo los patronos (o en su defecto el albacea o herederos) inscribirla en el Registro de Fundaciones y dar cumplimiento a la voluntad del testador.
Así será en el caso de nuestro cliente, que afortunadamente encontró un asesoramiento jurídico especializado, y también, todo hay que decirlo, un Notario que le dedico tiempo y esfuerzos a estudiar y preparar un documento nada habitual.
17/12/2021 – VALENCIA. Escrito por Enrique Calatayud Bonilla.
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