HERENCIA DE CIUDADANA FRANCESA – UNA DIFERENCIA QUE BENEFICIA AL VIUDO ESPAÑOL
Esta semana en Likum Abogados & Economistas hemos resuelto una herencia que nos ha recordado nuestra publicación del 29 de abril de 2021. En aquel caso desconocíamos si había herederos. Y en éste, lo complicado era saber quién de todos era el heredero, y cómo acreditarlo.
Nuestro cliente, español, enviuda de una ciudadana francesa sin testamento, sin descendientes ni ascendientes.
La primera cuestión que se nos plantea es si se aplicará la ley francesa o la española a esta sucesión.
Distinción importante en este caso, ya que en según la ley española heredarían los parientes más cercanos: los hermanos, los tíos o los primos. Sin embargo, la francesa da preferencia al cónyuge viudo antes que a esos otros parientes carnales.
No cabe duda de que resulta aplicable el Código Civil Francés por ser la ley de la nacionalidad de la causante. Incluso respecto de los bienes inmuebles, por así establecerlo la norma que estaba en vigor en el momento del fallecimiento de esta señora. Por tanto, heredero el viudo español.
Y la segunda cuestión que se nos plantea es cómo probar que dicha señora no tenía descendientes ni ascendientes, si habría de acreditarse conforme a la ley francesa o a la española.
Aplicaría la normativa española, ya que la causante residía en España, y pudimos por tanto acreditarlo mediante Acta otorgada ante Notario Español. Evitando trámites complicados, cuanto no imposibles en algunas ocasiones, como la que comentábamos en nuestra publicación del pasado 29 de abril de 2021.
Curioso cambalache que en ambos casos benefició a nuestro cliente.
Por un lado, se aplicó la ley francesa que lo designó a él heredero en beneficio de los hermanos u otros parientes carnales de su esposa fallecida. Y por otro se aplicaba la ley española para determinar que dicha señora no tenía descendientes ni ascendientes franceses o de cualquier otra nacionalidad.