ACUERDOS ENTRE PARTICULAR Y EMPRESA – En derecho anglosajón, no sin mi abogado
Esta semana en Likum Abogados & Economistas hemos cerrado un acuerdo entre particular y empresa, además, hemos tomado nota de una buena idea del derecho anglosajón para evitar vicios en los contratos. En concreto, para asegurarse que una vez firmado el acuerdo, ninguna de las partes podrá pretender que no conocía su contenido, alcance o consecuencias, que su consentimiento estaba viciado y que por tanto es nulo.
La medida es sencilla: exigir que el particular reciba asesoramiento jurídico en determinados acuerdos en los que la otra parte sea una sociedad. El legislador supone que la empresa cuenta con abogado, pero es consciente que no siempre sucede lo mismo del lado del particular.
Precisamente, para asegurar una “igualdad de armas”, en estos acuerdos la normativa exige tres condiciones:
La primera, que el abogado certifique que ha intervenido en la operación asesorando al particular, y garantice que su cliente es conocedor del contenido del acuerdo y de sus efectos.
La segunda, que el abogado certifique que ni él ni ninguno de sus compañeros de despacho trabajan ni han trabajado para la empresa, para asegurar la imparcialidad en el asesoramiento prestado.
Y la tercera, que la sociedad asuma el pago de una parte de los honorarios del abogado del particular. Sin duda, en ocasiones los honorarios podrían ser un obstáculo a su intervención, más aún si comparamos su importe con el de los abogados continentales.
Quizás, si una idea similar se hubiera implantado en nuestro país para la compra de productos bancarios, nos habríamos evitado todas reclamaciones judiciales en las que llevamos varios años. Hasta el punto de crear la especialidad del Derecho Procesal Bancario y Juzgados especializados en esta materia.
Y quizás, aún no sea tarde para implantarla, visto que aún llegan al despacho clientes con productos de fecha reciente, viciados de nulidad.
26/06/2021 – VALENCIA. Escrito por Enrique Calatayud Bonilla.
Likum, Abogados & Economistas, con sedes en Valencia, Denia y Madrid, es una firma especializada en el apoyo legal a particulares y sociedades de todas las nacionalidades con intereses en España, esencialmente en materias de Inversión extranjera y Derecho Privado.