BANCARIO / CONSUMIDOR – EL SEGURO DE VIDA, TAMBIÉN TÓXICO

El seguro de vida también es un producto tóxico. A los habituales como las participaciones preferentes, las obligaciones subordinadas o las cuotas participativas, puede añadirse desde este mes de junio el seguro de vida. No comparte las características de estos productos, no es inversión ni ahorro, sino una garantía que se contrata para disponer de un capital o renta a futuro. Pero según sentencia ganada por los abogados de Likum este mes de junio también puede ser un producto tóxico, y permitir al cliente recuperar todas las primas pagadas con sus intereses.

El asunto planteado consistía en la contratación de un seguro de vida con una entidad aseguradora, vinculado a una hipoteca de máximo comercializada por una entidad bancaria. La demanda se presentó solamente contra la entidad bancaria siguiendo los mismos argumentos que en los productos tóxicos conocidos: el seguro no era adecuado para los clientes, y la entidad bancaria no ofreció una adecuada información al comercializarlo.

La sentencia estimó íntegramente la demanda y condenó a la entidad a devolver el importe de la prima satisfecha con intereses legales y judiciales y costas procesales. La entidad no recurrió la sentencia y consignó íntegramente las cantidades reclamadas por los clientes.

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