COMPRAVENTA DE LOCAL DEDICADO A HOSTELERÍA – Esencial revisar el Ayuntamiento, no solo Registro de la Propiedad y Catastro
Esta semana en Likum Abogados & Economistas hemos asesorado a un cliente holandés en la compraventa de un local dedicado a la hostelería en la Costa Blanca. Nuestro cliente nos encargó que revisáramos toda la documentación que proporcionaba el vendedor a través de su inmobiliaria, y hemos podido comprobar la poca importancia que en ocasiones se presta al cumplimiento de los requisitos administrativos.
En efecto, la titularidad registral, el estado de cargas y la descripción de las fincas no suelen dar sorpresas, puesto que el Registro de la Propiedad y Catastro son de consulta habitual y generalizada. Pero no sucede lo mismo con las consultas al Ayuntamiento, donde debemos confirmar que el inmueble en cuestión, se encuentra al corriente de impuestos locales, que no se encuentra incurso en ningún expediente administrativo y que cuenta con las preceptivas licencias.
Por ejemplo, con la licencia de actividad. Por todos es sabido que para el desarrollo de cualquier actividad es preciso obtener la correspondiente licencia municipal, entre otras. Y que para ello deben seguirse unos trámites administrativos y cumplirse unas exigencias, que debemos revisar y que dependen esencialmente del objeto a desarrollar en el inmueble.
Así lo hicimos en este asunto, y nuestra sorpresa fue que la licencia de actividad aún se encontraba a nombre de la anterior propietaria, nada más y nada menos que desde 1990. Precisábamos de esa licencia, dado que, en la actualidad sería difícil, por no decir imposible, obtener una nueva para dicho emplazamiento ajustada a la normativa actual.
Como era de esperar, en el Ayuntamiento nos indicaron que solo admitirían el cambio de titular de licencia si lo autorizaba el anterior. Lo cual representaba un serio problema, ya que los actuales propietarios adquirieron el inmueble hace 25 años de una ciudadana alemana que, como sucedía entonces en la zona, se jubilaba y creían que volvía a su país. Afortunadamente no fue así: conseguimos localizarla, explicarle lo sucedido y accedió a firmar la solicitud.
Sin duda resultó desconcertante para nuestro cliente, para nada acostumbrado a estas situaciones. También resultó desconcertante para la propietaria anterior, ser titular aún de su licencia tras tantos años. Pero sobre todo lo fue para los actuales propietarios, que de no haber recuperado la licencia se habrían encontrado con un inmueble imposible de vender, ya que no se le podría dar ningún uso, ni comercial ni residencial. Sin duda un buen asesoramiento jurídico entonces nos habría evitado a todos estos quebraderos de cabeza.
02/08/2021 – VALENCIA. Escrito por Enrique Calatayud Bonilla.
Likum, Abogados & Economistas, con sedes en Valencia, Denia y Madrid, es una firma especializada en el apoyo legal a particulares y sociedades de todas las nacionalidades con intereses en España, esencialmente en materias de Inversión extranjera y Derecho Privado.