FAMILIA Y CUSTODIA COMPARTIDA – El boomerang en Derecho de Familia, parece que vuelve la custodia monoparental
Esta semana en Likum Abogados & Economistas hemos llegado a un acuerdo sobre custodia compartida, en el Juzgado, pero sin llegar a celebrar la vista de medidas provisionales. Este acuerdo nos ha hecho reflexionar sobre ciertos cambios de tendencia en las solicitudes de custodia compartida, antes reclamada por ambas partes y ahora parece que poco a poco en desuso.
Como todos sabemos, nuestro sistema se basaba en una familia tradicional, en la que el padre trabajaba siempre y la madre o nunca, o solo en ocasiones. Con la ruptura, se establecía como norma generalizada la de la custodia materna, con el abono por el padre de una pensión de alimentos a cada hijo cuyos importes dependían esencialmente de las necesidades de los hijos (y, menos, de las posibilidades del padre).
Esta tendencia empezó a cambiar en sede judicial, con sentencias que cada vez concedían más la custodia compartida. Como suele suceder, los cambios vienen primero en los Juzgados y luego se plasman en la norma de turno. Y así fue: en concreto en la Comunidad Valenciana se instauró como régimen prioritario el de la custodia compartida mediante la Ley 5/2011.
Sin embargo, estas cosas también suceden, el Tribunal Constitucional derogó esta ley en 2016. Pero la tendencia ya había cambiado. La reiteración de sentencias en esos 5 años, fijando como régimen ineludible el de la custodia compartida, hizo que la monoparental prácticamente desapareciera.
Ahora, otros 5 años después, parece que la tendencia vuelve a cambiar.
Ya no es tan habitual que sea el progenitor no custodio quien solicite la custodia compartida. En efecto, desde hace unos meses empieza a observarse lo contrario: es el progenitor que tiene la custodia monoparental quien solicita la compartida. Y es el otro quien que se opone. Y pide continuar con su régimen de visitas de fines de semana alternos y alguna tarde entre semana.
Así nos sucedió esta semana, en la que tras las inevitables negociaciones, el padre accedió al final a la custodia compartida. Pero, y esto es todavía más llamativo, con alguna adaptación para facilitarle su trabajo, que no el de la madre por cierto. Algunas reminiscencias quedan, por tanto, de aquel sistema tradicional, que empezó con los primeros divorcios en el año 1981 y aún continúa.
23/12/2021 – VALENCIA. Escrito por Enrique Calatayud Bonilla.
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